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Los siniestros ocasionados por el/la cónyuge, el o la conviviente civil, ascendientes, descendientes o parientes
por consanguinidad o afinidad hasta el 2º grado, personas que vivan bajo su mismo techo, o trabajadores
dependientes del asegurado, como consecuencia del robo, hurto o uso no autorizado del vehículo.
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Los siniestros ocurridos mientras el vehículo asegurado esté siendo destinado a un fin diferente al declarado al
contratar el seguro.
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Los siniestros que experimente o provoque el vehículo asegurado cuando participe en apuestas, desafíos, carreras o
concursos de cualquier naturaleza o en las pruebas preparatorias para tales eventos o cuando el vehículo sea
modificado en su cilindrada o potencia.
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Los daños que experimente el vehículo asegurado o que sean causados por éste cuando sea conducido por una persona
bajo la influencia de cualquier droga que produzca efectos desinhibidores, alucinógenos o somníferos.
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Los daños que experimente el vehículo asegurado o que sean causados por éste, cuando, siendo el conductor sometido
al momento del accidente, a un examen de medición del alcohol, previsto en las normas legales o reglamentarias,
éste arroje un resultado igual o superior a la cantidad de alcohol por mil gramos de sangre que la ley tipifique
como "estado de ebriedad". Para estos efectos, se establece que la cantidad de alcohol en la sangre en una persona
desciende 0.11 gramos por mil cada hora, o en la fracción que corresponda a los minutos efectivamente
transcurridos, si el lapso es inferior a una hora.
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Los daños que experimente el vehículo o que sean causados por éste, cuando el conductor, requerido al efecto por
la autoridad competente, se hubiere negado o resistido a la práctica de cualquier examen que sirva para determinar
la cantidad de alcohol o drogas en su organismo.
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Los daños experimentados por el vehículo asegurado o causados por éste cuando su conductor ha huido o abandonado
el lugar del accidente.
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Los siniestros cuando la causa que origine los daños o pérdidas sea un delito del cual resulten ser responsables
el asegurado o el conductor.
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Los siniestros ocurridos fuera del territorio de la República de Chile.
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Los siniestros ocurridos mientras el vehículo asegurado se encuentre sin su revisión técnica vigente.